Industrias · Estado
Factoring para proveedores del Estado
Ganaste el contrato, cumpliste y facturaste. Ahora toca esperar el trámite de pago de la entidad. Adelanta esas facturas y sigue operando.
Condiciones sujetas a aprobación de crédito y al análisis de la entidad pagadora.
Lo que cambia con el Estado
Con una entidad pública el pago depende del recibo a satisfacción del supervisor del contrato y del trámite presupuestal. Hasta entonces, la factura no avanza.
La Ley 2024 de 2020 fija en 60 días el plazo máximo para que una entidad del Estado le pague a una mipyme. En la práctica puede tardar más, y por eso el factoring tiene sentido.
Qué revisamos
- El contrato y su respaldo presupuestal
- El recibo a satisfacción
- La factura aceptada en RADIAN
- La entidad que paga
Lo que no adelantamos
- Contratos sin respaldo presupuestal. Sin certificado de disponibilidad y registro presupuestal no hay pago previsto.
- Facturas sin recibo a satisfacción. Primero el supervisor aprueba el cumplimiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué revisan de la entidad?
Que el contrato tenga respaldo presupuestal, que exista el recibo a satisfacción y cómo paga esa entidad. Con eso te decimos qué facturas puedes adelantar.
¿Sirve si mi empresa es grande?
Sí, el factoring no depende del tamaño de tu empresa. El tope de 60 días de la Ley 2024 sí protege solo a las mipymes.
¿Puedo financiar un contrato antes de facturar?
Con la financiación de órdenes de compra, según el contrato y la entidad.
Adelanta las facturas de tu empresa
Cuéntanos a quién le vendes y te decimos qué facturas puedes adelantar.